5/8/09

Inspecciones y pruebas periódicas de calderas

Hoy 5/08/2009 entra en vigor el nuevo Reglamento de instalación, puesta en servicio, inspecciones periódicas y modificaciones de los equipos a presión.


Las calderas incluidas en la ITC EP-1 (vapor, agua sobrecalentada, agua caliente de uso industrial, fluido tèrmico, ...) deberan ser inspeccionadas periódicamente según lo indicado en el anexo I de la citada ITC. Páginas 12331 y 12332 del BOE del 5 de febrero de 2009:
http://www.boe.es/boe/dias/2009/02/05/pdfs/BOE-A-2009-1964.pdf
Corrección de errores:
Se establecen tres niveles distintos de inspecciones y pruebas de presión (Nivel A, Nivel B y Nivel C). Anteriormente solo existian dos tipos (Inspecciones anuales y inspecciones periódicas con prueba de presión).



Nivel A. (Cada año). Podrá ser realizada por el fabricante. Basicamente se comprobará la documentación, limpieza e inspección visual, funcionamiento de los elementos de operación y seguridad, condiciones de emplazamiento y instrucciones de seguridad, estanqueidad del circuito de gases, inspección visual de las tuberías y equipos que utilizan el fluido de la caldera.


Nivel B. (Cada 3 años). Podrá ser realizada tambien por el fabricante.Además de los requisitos del nivel A se realizará la inspección de los elementos de la caldera (incluida medición de espesores) y ensayos de funcionamiento (incluido regulación y precinto de las válvulas de seguridad). No se requiere prueba hidrostática.


Nivel C. (Cada 6 años). Requiere la presencia de una OCA. Además de los requisitos de los niveles A y B se realizaran ensayos no destructivos, líquidos penetrantes o partículas magnéticas de las soldaduras (excepto en las calderas de fluido térmico) y prueba hidrostática.


El departamento de Servicio Integral de Calderas de ANINGAS ERGOS está a su disposición.